REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA LABORAL, TRANSITO Y AGRARIO
BOLIVARIANA DE VENEZUELA
La Asunción, Dieciséis (16) de Enero del año 2.003.-
192º y 143º
Visto el escrito de Transacción celebrado en fecha 31 de Octubre de 2.002, por ante el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Maneiro, Villalba, Tubores y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta entre los ciudadanos ELEANA SALAZAR ALCALA, Representada por su Apoderada Judicial Dra. ELEANA ALCALA DE OCANDO, por una parte (PARTE ACTORA), y por la otra la ciudadana BARBARA HERNANDEZ, en su carácter de Representante Legal de la Empresa demandada, según consta de Expediente N° 2.788/99; este Tribunal HOMOLOGA la Transacción efectuada en los términos expuestos en la misma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo; y pasa con autoridad de cosa juzgada ordenándose el archivo del presente expediente en su oportunidad legal correspondiente, el Tribunal acuerda de conformidad y en consecuencia, se ordena Expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas, del escrito de transacción con inserción del presente auto, autorizándose para la elaboración de las mismas, la ciudadana ROSA DEL RE JAIMES, empleada de este Tribunal, quien estando presente aceptó el cargo y prestó el juramento de Ley, conforme a lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.-
DRA. BETTYS LUNA AGUILERA.-
JUEZ PROVISORIA.-
INES MARIA CARABALLO.-
SECRETARIA TEMPORAL.
En esta misma fecha (16-01-2.003), se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede. Conste.-
INES MARIA CARABALLO.-
SECRETARIA TEMPORAL.
BLA/IMC/rdr.-