JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA ISNTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
LA ASUNCION, 08 de Enero del 2003.-
192° y 143°
Vista la solicitud formulada por la ciudadana GRAZIELLA SERAFIN viuda de RAVN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. 4.765.742, domiciliada en la ciudad de Porlamar Municipio Mariño del Estado Nueva esparta, asistida en este acto por la abogado en ejercicio ROSMIG GONZALKEZ CALZADILLA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 79.376, así como la declaración de los ciudadanos ANTONIA VEGLIANTE DE PAOLINO y MARLENE MONTANARI DE LOPEZ, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de Identidad Nros. 933.983 y 796.813, respectivamente, en la que solicita que se declare Titulo Supletorio sobre una parcela de Terreno y la vivienda sobre ella construida distinguida con la letra y número F- 13, ubicada en la manzana “F” de la Urbanización el Paraíso, Municipio Maneiro de este Estado cuyas características y demás determinaciones se encuentran especificados en el líbelo de la presente solicitud, lo cual consta en el documento de propiedad el cual se encuentra registrado ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Maneiro del estado Nueva Esparta, bajo el Nro 37 folíos 175 al 177, Protocolo Primero Tomo Nro 4, Primer Trimestre del año mil novecientos noventa y seis (1996). Este Tribunal de conformidad a todos los requisitos exigidos en nuestro ordenamiento juridico y cumplidos los mismos.- En nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara TITULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, sobre las bienhechuría ya especificada, a la ciudadana GRAZIELLA SERAFIN VIUDA DE RAVN, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 4.765.742, salvo los derechos que puedan tener terceros, todo de conformidad con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.- Tómese nota de éste, en el Libro Diario y devuélvanse originales de estas actuaciones a los interesados conforme a lo solicitado.- Cúmplase.-
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