REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN
193° y 144°

MARACAIBO, 05 DE Diciembre de 2003


DECISION N 447-03 CAUSA 6E 109-03

Vista la decisión definitivamente firme dictada por el Tribunal Tercero de Control en fecha 28-10-2003, mediante la cual CONDENO a los ciudadanos OVIDIO RAFAEL MARTINEZ, titular de la cédula de identidad 16.170.596, hijo de Aída Esther Martínez y padre desconocido, residenciado en el Barrio El Milagro Sur calle 201 casa N° 48N-20 diagonal al Abasto El Primo frente al parque Sur del Municipio San Francisco, HERMES FERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nro. 18.200.015, natural de Maracaibo, de 22 años de edad, soltero, comerciante, Técnico en equipos de sonido, hijo de María Teresa Fernández y padre desconocido, residenciado en el Barrio Primero de Marzo, avenida 208 N° 48N-119 San Francisco, a cumplir la pena de CINCO (5) AÑOS Y DIEZ (10) DIAS DE PRESIDIO más las accesorias de Ley, por la comisión del delito de EN EL DELITO DE HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICE previsto y sancionado en el artículo 408 en concordancia con el ordinal 1° del Código Penal en concordancia con el artículo 426 del Ejsudem, cometido en perjuicio de la niña WILLIANI BEATRIZ ARAUJO y LESIONES INTENCIONALS MENOS GRAVES previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, cometido en perjuicio de WAY PARAMACONI ROMERO Y JHONATHAN BARRIOS, de conformidad con lo previsto en el articulo 376 del Código 0rgánico Procesal Penal, por lo que este Juzgado de Ejecución procede a Ejecutar la mencionada sentencia y ordena elaborar el Cómputo Legal de la Pena impuesta, conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código 0rgánico Procesal Penal.-
Consta en actas que los penados OVIDIO RAFAEL MARTINEZ Y HERMES FERNANDEZ, fueron detenidos en fecha 14-05-03, por lo que hasta el día de hoy, 05-12-03, llevan detenidos SEIS (06) MESES Y VEINTIUN (21) DIAS, faltándole por cumplir la pena de CUATRO (4) AÑOS, CINCO (5) MESES Y DIECINUEVE (19) DIAS. En consecuencia cumplirá la pena principal el día 24-05-2008. Asimismo, cumplirá ¼ parte de la pena el día 26-08-2004 .Un 1/3 de la pena el 17-01-2005 la mitad ½ de la pena en fecha 19-11-2005, las 2/3 de la pena el día 20-09-2006, las ¾ partes de la pena en fecha 21-02-2007, y estará sujeto a la vigilancia de la autoridad por ¼ parte del tiempo de la condena desde que esta termine hasta el día 26-08-2009. ASI SE DECLARA.
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley , Procede a practicar el Cómputo de la pena impuesta a los penados OVIDIO RAFAEL MARTINEZ, titular de la cédula de identidad 16.170.596, hijo de Aída Esther Martínez y padre desconocido, residenciado en el Barrio El Milagro Sur calle 201 casa N° 48N-20 diagonal al Abasto El Primo frente al parque Sur del Municipio San Francisco, HERMES FERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nro. 18.200.015, natural de Maracaibo, de 22 años de edad, soltero, comerciante, Técnico en equipos de sonido, hijo de María Teresa Fernández y padre desconocido, residenciado en el Barrio Primero de Marzo, avenida 208 N° 48N-119 San Francisco, conformidad con el artículo 482 del Código 0rgánico Procesal Penal. Asimismo, acuerda como lugar de Reclusión el Establecimiento Penitenciario de Maracaibo. Regístrese, Notifíquese y remítanse las copias de ley al ciudadano Director del Establecimiento Penitenciario de Maracaibo.-
LA JUEZ SEXTO DE EJECUCIÓN,

DRA .SELENE MORAN RODRIGUEZ


LA SECRETARIA

ABOG. MARIA AÑEZ ATENCIO

En la misma fecha, se registró la Decisión bajo el No.447-03 en el Libro de de Decisiones llevado por este Juzgado del presente año.- se remitió copia de la presente decisión junto con oficio No. 2944,2945 y 2946, así como las Notificaciones respectivas.


LA SECRETARIA,

CAUSA No. 6E-109-03
Isabel g.