En el día de hoy catorce (14) de Diciembre de 2003, siendo las tres de la tarde (3:00 p.m.) se presentó ante este Juzgado Séptimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, constituido en el Palacio de Justicia, avenida 15 Las Delicias, piso 2, la Jueza Séptima de Control Abog. ERIKA MILENA CARROZ PEREA, junto con la secretaria titular constituido en su sede Abog. MONICA ARAPE ESTRADA, se procede a escuchar la exposición del Fiscal del Ministerio Público.

EXPOSICION FISCAL

Presente la Ciudadana Dra. ALIS BOSCAN DE BAPTISTA, Fiscal Vigésimo Tercero del Ministerio Público, expuso: “Ratifico el escrito presentado por este tribunal, mediante el cual presento al ciudadano FERNANDO ANTONIO CARDOZO CARDOZO, por estar incursos en la comisión del delito de USO DE DOCUMENTO FALSO, previsto y sancionado en el artículo 323 del Código Penal, cometido en perjuicio de LA FE PUBLICA, y solicito la aplicación de una Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad conforme a lo establecido en el Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, y la Aplicación del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, conforme a lo previsto en el Artículo 373, Es todo.”
IDENTIFICACION DEL IMPUTADO

Seguidamente el imputado previo traslado del Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite, quien dijo ser y llamarse como ha quedado escrito: LUIS ENRIQUE ALVARADO MORA, de nacionalidad Venezolana, natural de Santa Bárbara del Zulia, de 35 años de edad, soltero, de oficio comerciante, titular de la cedula de identidad N ° 10.681.503, fecha de nacimiento 29-09-68, hijo de LUIS FRANCISCO ALVARADO y de ALTAGRACIA MORA, residenciado en el Barrio Armando Reverón, avenida 97, Casa N ° 55-A-60, Maracaibo del Estado Zulia, por estar incurso en la comisión del delito USO DE DOCUMENTO FALSO, previsto y sancionado en artículo 323 del Código Penal, cometido en perjuicio de LA FE PUBLICA. Seguidamente este Tribunal deja constancia de las características fisonómicas del imputado de 1,75 aproximadamente de estatura, de piel Morena, de ojos marrones, de nariz grande, de labios finos, de cejas semi pobladas, de orejas medianas, pelo corto crespo, de contextura normal, de cabello negro, con bigotes, ”. Es todo.

Seguidamente examinadas las actas y demás recaudos presentados por la Fiscal del Ministerio Publico, el imputado manifestó no tener abogado que lo asista, por lo que este Tribunal procedió a designarle un defensor de turno, correspondiéndole en este acto el turno a la ciudadana Abogada, MARITZA MORA TELLEZ, Defensor Publica N ° 15 de este Circuito Judicial, quien se encuentran presente en este acto y expuso:” Acepto el cargo de Defensor de los mencionados ciudadanos y Juro cumplir con todas la obligaciones inherente en dicho cargo”. Es todo

Seguidamente el imputado LUIS ENRIQUE ALVARADO MORA, tal como lo manifestó al tribunal y no como aparece en actas ( FERNANDO ANTONIO CARDOZO CARDOZO ) , fue impuesto de sus Derechos previstos en el articulo 125 y el 131 del Código Orgánico Procesal Penal y de las Garantías Constitucionales prevista en el articulo 49 ordinal 5º de nuestra Carta Magna, el cual establece su Derecho a no rendir declaración sin que ello constituya perjuicio en su contra, así como del hecho que se le imputa, y el imputado manifestó su deseo de rendir declaración y estando libre de Juramentos, prisiones, apremios y coacciones siendo las 3:30 horas de la tarde expuso: “Yo iba de Maracaibo a los Cortijos, venía montado en un Bus que van para la Villa, y la móvil para al bus, y empezaron a pedir cedula a todo el mundo, y como yo no tengo comprobante ya que estoy sacando, le enseñe la Constancia que me entrego este Tribunal y le enseñe la Constancia de la Boleta de Excarcelación, y el funcionario me dijo que de donde había sacado eso, y que eso era falso porque y que yo era Colombiano, y yo le explicaba que yo era Venezolano y hasta preste servicio Militar en la Frontera Arauca en el fuerte Yaruro, y después el Distinguido me dijo que yo me iba llamar FERNANDO CARDOZO, y invento que ese era mi nombre y que ese era el comprobante, y eso que le explique que estaba a derecho en el séptimo de control, pero no hizo caso, y me mando detenido ya que me estaba pidiendo 50.000,oo Bs, y yo no se los di, y mi nombre es y de donde soy es como lo dije anteriormente y no FERNANDO CARDOZO, como quiso el militar, Es Todo”.


EXPOSICION DE LA DEFENSA

Seguidamente le fue concedida la palabra a la Defensa quien expuso: “Revisada las actas que conforman la presente causa y escuchadas la declaración de mi defendido, me adhiero a la solicitud fiscal, y solicito muy respetuosamente proveerlo nuevamente de una constancia que de fe pública ya que tal como el explico en el Procediendo al momento de su detención el funcionario actuante se la rompió sin explicación alguna, a los fines de que se identifique cuando sea requerido, aunado a que haga los tramites pertinentes para su expedición de la cedula de identidad, “Es todo.”

En este acto, oídas las exposiciones de la Representación Fiscal, de la Defensa, de los Imputados y de la víctima, este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:

PRIMERO: Acuerda la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION DE LA LIBERTAD, prevista y sancionada en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal ordinal 3° al ciudadano imputado LUIS ENRIQUE ALVARADO MORA, por la comisión del delito USO DE DOCUMENTO FALSO, previsto y sancionado en artículo 323 del Código Penal, cometido en perjuicio de LA FE PUBLICA.

SEGUNDO: Acuerda proseguir la presente investigación conforme al Procedimiento Ordinario.

TERCERO: Ordena oficiar al Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas "El Marite" a los fines de hacer de su conocimiento la decisión dictada por esta Juzgadora

CUARTO: Se publica por separado el texto integro de la decisión dictada, de lo cual quedan legalmente notificadas todas las partes
Se da por concluido el acto, siendo las cuatro (4:00) de la tarde. Es Todo, Se Terminó, se leyó y conformes firman.-