En horas de despacho del día de hoy VIERNES, 19 DE DICIEMBRE de dos mil tres, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.) fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción judicial del estado Zulia, para llevar a efecto la medida de embargo decretada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia con sede en Cabimas, relacionada con el Juicio que por ALIMENTOS sigue MARIA TERESA CHACON contra el Ciudadano REINALDO ANTONIO VALECILLOS ROSARIO y donde este Tribunal ha sido comisionado para llevar a efecto medida de EMBARGO decretado por el Tribunal de la causa. Seguidamente y una vez presente el tribunal en la sede de P.D.V.S.A. específicamente en el departamento legal, se procedió a notificar a NORELIS RINCON, titular de la Cédula de Identidad Número V-7.837.552, con el carácter de Oficinista y a quién se impuso de la medida de embargo decretada por el tribunal de la causa contra el ciudadano REINALDO ANTONIO VALECILLOS ROSARIO, titular de la Cédula de Identidad Número V-5.349.837 y quién expuso: “Me doy por notificado pero con las reservas siguientes: PRIMERO: Determinar si el Ciudadano REINALDO ANTONIO VALECILLOS ROSARIO, parte demandada es trabajador al servicio de P.D.V.S.A..- SEGUNDO: Si existe otra medida practicada con relación a la presente.- TERCERO: Determinar sobre alguna acreencia a favor de P.D.V.S.A.- CUARTO: determinar si le han sido adelantadas prestaciones sociales o emolumento alguno y QUINTO: cualesquiera otra situación que derive en relación a lo antes expuesto”. Seguidamente este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADAS PREVENTIVAMENTE EL TREINTA POR CIENTO (30%) DEL SUELDO O SALARIO INTEGRAL, HORAS EXTRAS, BONO VACACIONAL O BONO DE FIN DE AÑO QUE LE CORRESPONDAN AL CIUDADANO REINALDO ANTONIO VALECILLOS ROSARIO, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NUMERO 5.349.837, COMO EMPLEADO AL SERVICIO DE P.D.V.S.A. Y ASI SE CONFIRMA.- Las cantidades a retener deberán ser remitidas, en Cheque de gerencia a nombre del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA CON SEDE EN CABIMAS, EXP. 30.158. Cumplida como ha sido la presente comisión, se ordena el traslado del Tribunal a su lugar de origen. Terminó, se leyó y conformes firman.

EL JUEZ: EL NOTIFICADO:



LA SECRETARIA