REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT
COMISIÓN NÚMERO: 002143
El día de hoy, 10 de Diciembre del año Dos Mil Tres, siendo las 10:50 de la mañana, día y hora fijados por el Tribunal para llevar a efecto la Ejecución de la Medida de Embargo Preventiva decretada en el Juicio de RECLAMACIÓN ALIMENTARÍA, seguido por la Ciudadana: SORENA DEL CARMEN VICUÑA MORA, titular de la cedula de identidad número: 10.083.147 a favor de (l) los niños y/o adolescentes: JOSE RAFAEL Y JOSE ANTONIO INDRIAGO VICUÑA, contra el ciudadano: INDRIAGO ROJAS RAFAEL JOSE, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.873.012 por ante el TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, JUEZ UNIPERSONAL Nº 01, con sede en Cabimas, y para lo cual fue comisionado este Tribunal.- A señalamiento de la parte actora ciudadana SORENA DEL CARMEN VICUÑA MORA antes identificada y asistida en este acto de la abogada en ejercicio JENNIFER GUANIPA OCANDO, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-14.950.151 inscrita en el impreabogado bajo el Nº 90.953, se trasladó y constituyó este Órgano Ejecutor de Medidas en la sede de la Empresa SWACO ubicada en: La Avenida Intercomunal, Sector Barrio Libertad, Edificio Dowell/Schlumberger Municipio Lagunillas del Estado Zulia.- Una vez allí constituido procedió a notificar del objeto de su traslado al Ciudadano (a): LEONARDO JOSÉ DE JESUS CASTILLO, Venezolano (a), Mayor de edad, titular de la cédula de identidad: 10.209.175, En su carácter de: Coordinador de Recursos Humanos de la empresa SWACO.- En este estado presente la parte actora ciudadana SORENA DEL CARMEN VICUÑA MORA, antes identificada con la asistencia antes dicha expuso: Señalo al tribunal para ser embargado preventivamente EL CIEN POR CIENTO (100%) de las cantidades de dinero por concepto de PRESTACIONES SOCIALES, CAJA DE AHORROS, FIDEICOMISO E INTERESES que le pueda corresponder al ciudadano INDRIAGO ROJAS RAFAEL JOSE, como trabajador al servicio de esa empresa, para el momento de retiro del lugar del trabajo por la causa que fuere.- En este estado, este Juzgado Segundo Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Miranda, Lagunillas, Simón Bolívar, Valmore Rodríguez y Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA FORMALMENTE EMBARGADO PREVENTIVAMENTE PRIMERO: EL CIEN POR CIENTO (100%) de las cantidades de dinero por concepto de PRESTACIONES SOCIALES, CAJA DE AHORROS, FIDEICOMISO E INTERESES que le puedan corresponder al ciudadano INDRIAGO ROJAS RAFAEL JOSE, como trabajador al servicio de esa empresa para el momento de retiro del lugar del trabajo por la causa que fuere.- Y una vez se haga efectiva la presente medida las cantidades de dinero correspondientes deberán ser remitidas en cheque de gerencia a nombre del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente, con sede en Cabimas, debiendo remitir comunicación donde se especifiquen los montos remitidos y el numero de expediente correspondiente, en este caso Nº 3719-03.- En este estado, presente el Ciudadano (a) LEONARDO JOSÉ DE JESUS CASTILLO, en su carácter de: Coordinador de Recursos Humanos de la empresa SWACO, anteriormente identificado expuso: “Me doy por notificado de la Medida Preventiva ejecutada por este Tribunal constituido.- Es todo. Siendo las 10:40 de la mañana, Concluyó el Acto.- Terminó, se leyó y Conformes Firman.-