REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ARISMENDI, ANTOLIN DEL CAMPO Y GÓMEZ

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ARISMENDI, A NTOLIN DEL CAMPO Y GOMEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NEUVA ESPARTA.- LA ASUNCION, DOCE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL TRES.-

193° y 144°

Vista la diligencia anterior de fecha 6 de noviembre del 2003, suscrita por el ciudadano Dr. MOISES ANDRADE, en su carácter acreditado en autos, mediante la cual solicita del Tribunal que se sirva impartir la homologación en la presente causa y de conformidad con el escrito de fecha 5 de agosto del 2002, ya que la parte demandada ha cumplido con todos y cada uno de los pagos establecidos, el Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado, por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre disponibles este Tribunal imparte la homologación a la transacción efectuada en fecha 5 de agosto del 2002, de conformidad con lo pautado en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del Expediente.-
El Juez Temporal,

Dr. Vicente Ordaz Villarroel.-

El Secretario,

Br. Alfredo José Rodríguez Figueroa

En esta misma fecha, Doce de Diciembre del Dos Mil Tres, se cumplió lo ordenado en el auto anterior.- Conste.-
El Secretario,

Br. Alfredo José Rodríguez Figueroa





EXP. 879/02.-