REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO CUARTO DE EJECUCION
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA

Maracaibo 07 de agosto de 2003

193° y 144°
Decision N° 237-03
CAUSA N° 704-99

Firme como quedo el fallo dictado por el extinto Juzgado Accidental Cuarto de Primera Instancia en lo Penal de la Circunscripcion Judicial del Estado Zulia, de fecha 09-04-84, mediante el cual condeno al penado GUIDO GUILLERMO GARCIA PARRA, a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRESIDIO,, por la comisi6n del delito de HOMICIDIO, previsto y sancionado en el articulo 407 del C6djgo Penal; en consecuencia tenemos que:
Consta en actas, inserto al folio 377, el Computo de la pena impuesta al penado GUIDO GUILLERMO GARCIA PARRA, titular de Ia cedula de identidad N° 3.773.449, que el mismo cumplio la Pena Principal en fecha 25-04-97 y cumplio la sujecion a la vigilancia de la Autoridad en fecha 25-01-01, por lo que corresponde en el caso Sub-indice es otorgarie Libertad Plena por cumplimiento de la Pena Principal y de la sujecion a la Vigilancia de la Autoridad y en consecuencia se declara EXTINGUIDA LA PENA, de conformidad con lo establecido en el articulo 105 del C6digo Penal y el Sobreseimiento de la presente causa, de conformidad con lo establecido en el articulo 318, ordinal 3° del Codigo Organico Procesal Penal y ASI SE DECIDE.
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Cuarto de Ejecucion del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia Administrando Justicia en Nombre de Ia Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad. de Ia Ley, DECLARA LIBERTAD PLENA POR PENA CUMPLIDA y cumplimiento de la SUJECION A LA VIGILANCIA DE LA AUTORIDAD; EXTINCION PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 105 del C6djgo Penal, vigente y en consecuencia el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo previsto en el ordinal 3° del articulo 318 del Codigo Organico Procesal Penal al penado GUIDO GUILLERMO GARCIA PARRA, ampliamente identificado en las actas.-' Registrese la presente decision en el libro respectivo. Librese Boleta de Citacion al penado en mencion a fin de que comparezca por ante este Tribunal el dia viernes 1508-03 a darse por notificado. Oficiese al ciudadano Director de la Division de Prisiones del Ministerio del Interior y Justicia, a la ciudadana fiscal 27 del Ministerio Publico y al ciudadano Presidente del Consejo nacional Electoral.-
La Juez suplente,

DRA MAURELYS VILCHEZ

El Secretario,

ABOG. RUBEN MARQUEZ