REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO CUARTO DE EJECUCION
Maracaibo, 05 de agosto de 2003
193° y 144°
DECISION Nro. 227-03
CAUSA N°.4E-077-02
Revisado coma ha sido el Computo de fecha 09-10-02, signado con el N° 395-02, en la causa seguida en contra del penado ROY RICHARD SANDOVAL RAMIREZ, ampliamente identificado en actas evidenciandose un error en el calculo del mismo, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 482, en su ultimo aparte, procede a reformar de oficio el mencionado Computo Legal de Pena; asi tenemos que:
El penado ROY RICHARD SANDOVAL RAMIREZ, quien acctualmente se encuentra recluido en el Establecumiento Penitenciano de esta ciudad, fue condenado a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRESIDIO, mas las accesorias de ley, por la comision del delito de VIOL AC ION, previsto y sancionado en el articulo 375 del Coc.igo Penal, el cual encuadra dentro de las limitaciones, establecidas en el articulo 493 del Codigo Organico Procesal Penal.- Consta en actas que el citado penado fue detenido en fecha 18-04-02; por lo que hasta el dia de hoy 05-08-03, fecha en que se practica el presente computo lleva cumplidos UN (01) AÑO, TRES (03) MESES y DIECISIETE (17) DIAS. Faltandole por cumplir: TRES (03) AÑOS, OCHO (08) MESES y TRECE (13) DIAS, y a partir del dia 18-10-04 fecha en que cumple la mitad de la pena impuesta, puede ser incluido en Actas de Redencion y optar a los Beneficios de Destacamento de Trabajo y Regimen Abierto. Cumplira las DOS TERCERAS (2/3) partes de la pena el dia 18-08-05, para optar al Beneficio de Libertad Condicional.- Cumplira las TRES CUARTAS (314) PARTES de la pena impuesta el dia 18-01-06, para optar al Beneficio de Confinamiento.- Cumplira la Pena Principal el dia: 18-04-07.Cumplira la sujecion a la vigilancia de la autoridad, el dia 18-07-08.Registrese la presente Decision en el Libro respectivo y remitanse Copias Certificadas a la Carcel Nacional de esta ciudad; a la ciudadana Fiscal Vigesimo Septima del Ministerio Publico, al Director de Prisiones del Ministerio de Justicia y al Presidente del Consejo Nacional Electoral.- Asi mismo se ordeno oficiar a la Carcel Nacional de esta ciudad, a los fines de que ordenen el traslado del penado ROY RICHARD SANDOVAL RAMIREZ, para el dla 18-08-03 a las 10:00 de la mañana, para que se de por notificado de la presente decision, conjuntamente con su abogado defensor, a quien se ordena notificar.-
L A JUEZ SUPLENTE:
ABOG. MAURELYS VILCHEZ PRIETO.-
EL SECRETARIO:
ABOG. RUBEN MARQUEZ SILVA.-
En la misma fecha se registro la anterior decision bajo el N° 227-03 y se oficio bajo los Nos.2.331-3, 2.332-3, 2.333-3, 2.334-3 y 2.335-3, respectivamente.
EL SECRETARIO,
ABG. RUBEN MARQUEZ SILVA.
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