REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE EJECUCIÓN
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO CUARTO DE EJECUCION
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo 27 de Agosto de 2003
193 y 144"
Decision N* 189-03
Firme coma ha quedado el fallo dictado par el extinto Juzgado Superior Noveno en lo Penal de esta Circunscripcion Judicial. de fecha 27 de Marzo de 1996, este Tribunal pasa a poner en Estado de Ejecuci6n la presente cause, seguida contra la ciudadana PATRICIA ZULOAGA HERNANDEZ, a quien se le condeno a cumplir la pena do SIETE (07) AÑOS SEIS ('06) MESES DE PRISOM mas las accesorias de Ley, por la comision del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 34-de la Ley Orginica sabre Sustancias Estupefacientes y Psicotropicas cometido en perjuicio de la. Colectividad venezolana; en consecuencia tenemos que:
La ciudadana PATRICIA ZULOAGA HERNANDEZ, fue detenida en fecha 13-03-1995, v como se evidencia en Decision de fecha 08-10-1998, la referida ciudadana quien actualmente se eucuentra disfrutando del Beneficio de CONFINAMIENTO, cumplio la Pena Principal en fecha 09-11-2000, Asi mismo cumplio la Sujecion a la Vigilancia de Autoridad por una Quinta
parte (1/5) de la Pena impuesta el dia 09 de Mayo de 2.002, fecha en que que culmina la. Sujecion, Por lo que corresponde en el caso sub-indice es otorgarle Libertad Plena por pena. cumplida y ordenar su remision al Archivo Judicial.ASI SE DECIDE.-
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Cuarto de Ejecucion del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, de conformidad con
le dispuesto en el articulo 105 del Codigo Penal, vigente y en consecuencia el SOBRESEIMIENTO TO LA presente causa,de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 del articulo 318 del Codigo Organico Procesal Penal, a la penada PATRICIA ZULOAGA. HERNANDEZ, titular de la cedula de identidad Nro -E-64.552.132. Registrese la presente decision en el libro d Resoluciones, Notifiquese a la Fiscal 27 del .Ministerio Publico, asimismo remitase Copia Certificada junto con Oficio al Director de Prisiones del Ministerio de Justicia Division de Antcvedmtes Penales y al Presidente del Consejo Nacional Electoral, Librese Boleta de Notificacion a la penada y notifiquese a laDefensa.-
LA JUEZ SUPLENTE,
DRA. MAURELYS VILCHEZ
EL SECRETARIO,
ABOG. RUBEN MARQUEZ
JUEZ CUARTO DE EJECUCION. (SUPLENTE) DRA. MAURELYS VILCHEZ PRIETO