REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE EJECUCIÓN
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO CUARTO DE EJECUCION
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo 27 de Agosto de 2003
193" y 144'
Decision N° 291-03
Firme como ha quedado el fallo dictado por el extinto Juzgado Superior Octavo en lo Penal de esta Circunscripci6n Judicial, de fecha 31 de Julio de 1997, mediante el cual condena al penado HUGO ALEXANDER MEDINA, a cumplir la pena de OCHO (8) AÑOS DE PRESIDIO. por la comisi6n del delito de ROBO A MANO ARMADA. previsto y sancionado en el articulo 460 del C6digo Penal, mas las accesorias de la ley, en consecuencia tenemos que:
El penado HUGO ALEXANDER MEDINA, fue detenido en fecha 01-01-95, y como se evidencia en la Decision Nro.-257-00 de fecha 28-06-2000, el referido ciudadano quien se encuentra disfrutando del Beneficio de CONFINAMIENT0, cumplio la Pena Principal el die 23 de Junio de 2000, asimismo cumplio la Sujecion a la Vigilancia de la Autoridad por una cuarta parte (1/4) de la Pena impuesta el dia 23 de Junio de 1002, fecha en quo culmina In Su.1e66n Por lo que correspomie en el caso Sub-indice es otorgarle Libertad Plena por pena eumplida y ordenar su remision al Archivo Judicial. ASI SE DECIDE.
Por los fundamentos expuesto este Juzgado Cuarto de Ejecucion del Circuito Judicial del Estado Zulia, Aministrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la EXTINCION DE LA ACCION PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 105 del Cbdigo Penal, vigento y en consecuencia el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con to previsto en el ordinal 3 del articulo 318 del Codigo Organico Procesal Penal, al penado HUG0 ALEXANDER MEDINA titular de la cedala de identidad Nro.-13.129.054, Registrese la presente decision en el libro de Resoluciones, Notifiquese a la Fiscal 27 del Ministerio Publico, asimisino remitase Copia Certificada junto con Oficio al Director de Prisiones del Ministerio de Justicia Division de Antecedentes Penales y al Presidente del Consejo Nacional Electoral, Librese Boleta de Notification al pen ado y notiflquese a su Defensa.
JUEZ CUARTO DE EJECUCIO
DRA. MAURELYS VILCHEZ PRIETO
EL SECRETARIO,
ABOG. RUBEN MARQUEZ