REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO CUARTO DE EJECUCION
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA

Maracaibo 19 de Agosto de 2003

193" y I44"
Decision N'270-03


Firme como ha quedado el fallo dictado por el Juzgado Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. de fecha 17 de Febrero de 2000, mediante el cual condena al penado ANTONIO JOSE CHACIN GUTIERREZ, a cumplit la pena de TRES (3) AÑOS, SIETE (7) MESES Y DIEZ (10) DIAS DE PRESIDIO, por la comision del delito de ROBO A MANO ARMADA EN GRADO DE FRUSTRACION prevista y sancionado en ci articulo 460 en concordancia con el segundo aparte de los articulos 80 y 82, todos del Codigo Penal: en consecuencia tenemos que:
El penado ANTONIO JOSE CHACIN GUTtERREZ fue detenido en fecha 28-12-97, asimismo cumplira la Pena Principal el dia 06-05-2002, y como se evidencia en la Decision de esa misrna fecha, el referido ciudadano cumplio la Sujecion a la Vigilancia de la Autoridad por una cuarta parte (1/4) de la Pena impuesta el dia 01 de Marzo de 2003, fecha en que culmina la Sujecion, Por lo que corresponde en el caso Sub-indice es otorgarle Libertad Plena por pena cumplida y ordena su remision al Aichivo Judicial. ASI SE DECIDE.
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Cuarto de Ejecucion del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre do la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la EXTINCION DE LA ACCION PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 105 del Codigo Penal, vigente y en consecuencia el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo previsto en el ordinal 3 del articulo 318 del Codigo Organico Procesal Penal, al penado ANTONIO JOSE CHACiN GUTIFRREZ titular de la cedula de identidad Nro.9.785.524, Registrese la presente decision en el libro de Resoluciones, Notifiquese a la Fiscal 27 del Ministerio Publico, asimismo remitase Copia Certificada junto con Oficio al Director de Prisiones del Ministerio de Justicia Division de Antecedentes Penales y al Presidente dei Consejo Nacional Electoral, Librese FJoleta de Notificacion al penado y notifiquese a su Defensa.

JUEZ CUARTO DE EJECUCION. (SUPLENTE)
DRA. MAURELYS VILCHEZ PRIETO


EL SECRETARIO,

ABOG. RUBEN MARQUEZ