REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE EJECUCION
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 19 de agosto de 2003

193' y 144°

Vista la, presence causa, seguida en contra de los penados NEUDYS ENRIQUE BRAVO y JESUS ENRIQUE POLANCO ROSALES, este Tribunal pasa a realizar el Computo de Pena al penado JESUS ENRIQUE POLANCO ROSALES, titular de la cedula de identidad N' 11.291.627, quien se encuentra actuabnente recluido en la Carcel Nacional de Maracaibo, de conformidad con lo establecido en el Articulo 482 del Codige Organico Procesal Penal, de la siguiente manera:
El penade JESUS ENRIQUE POLANCO ROSALES, fue condenado a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRESIDIO, mas las accesorias de ley, per la comision del delito de ROBO A MANO ARMADA, previsto y sancionado en el Articulo 460 del Codigo Penal. Ahora bien, consta en actas que el citado penado fue detenido en fecha 02-05-97, por lo que hasta el dia de hoy 19-08-03, fecha en que se practica ei presente computo, lleva cumplidos: SEIS (06) AÑOs, TRES (03) MESES y DIECISEIS (16) DIAS. Faltandole por cumplir UN (01) AÑO, TRES (03) MESES y DIECISEIS (16) DIAS. Cumplira la pena Principal el dia: 02-05-05; Cumplio una cuarta parte (1/4) de la pena el die 02-05-99, pare el Beneficio de Destacamento de Trabajo. Cumplio una tercera parte (1/3) de la pena el dia. 02-01-00, para el Beneficio de Regimen Abierto; Cumplira las dos terceras partes (2/3) de la pena el dia 02-09-02, pare el Beneficio de Libertad Condicional; Cumplira las tres cuartas partes (3/4) el dia 02-05-03, pare el beneficio de Confinamiento. Y cumplira la Sujecion a Vigilancia de la autoridad por una cuarta (1/4) paste del tiempo de la pena el dia: 02-05-07.-
Regstrese la Decision en el Libro Respectivo y remitanse Copias Certificadas a la Direccion del Establecimiento Penitenciario del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, (Carcel Nacional), a la Fiscalia 27° del Ministerio Publico, al Director de Prisiones Ministerio del Interior y Justicia, al Presidente del Consejo Nacional Electoral y se libra oficio a la Carcel Nacional de Maracaibo a los fines de que efectuen el traslado del penado JESUS ENRIQUE POLANCO ROSALES, pare el dia miercoles 27-08-03 a las 10:00 de la mañana a fin de imponerlo de la presente decision y Boleta de Notificacion a su defensor.
LA JUEZ (S),
DRA. MAURELYS VILCHEZ PRIETO


EL SECRETARIO,

ABOG. RUBEN MARQUEZ.