REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO CUARTO DE EJECUCION

Maracaibo, 18 de Agosto de 2003
193' y 144°
Decision N° 264-03

Vista la solicitud de actualizacion de Computo realizada por la Licenciada Gloria Barrera Delegada de Prueba de la Unidad Tecnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, en la presente causa seguida al penado ANTONIO RAMON ZAMBRANO MAPARI, se acuerda realizarla de conformidad a lo establecido en el articulo 482 del Codigo Organico Procesal Penal:
El penado ANTONIO RAMON ZAMBRANO MAPARI, titular de la Cedula de Identidad No.9.734.980, quien actualmente disfruta del Beneficio de Establecimiento Abierto en el Centro de Tratamiento Comunitario "Inspector Rafael Ochoa Castro", fue condenado a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRESIDIO, mas las Accesorias de Ley, por la comision del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el Articulo 408 del Codigo Penal. Ahora bien, consta en actas que el referido penado fue detenido en fecha 23-03-97 por to que hasta el dia 18-08-03, fecha en la que se practica el siguiente Computo, llevaba cumplidos SEIS (06) AÑOS, CINCO (05) MESES Y CINCO (05) DIAS. Tiene demostrado efectivamente en razon del trabajo segun se evidencia en resolucion N° 19099 de fecha 21-12-99 un total a redimir de UN (01) AÑO, TRES (03) MESES, Y VEINTE (20) DIAS lapso redimido que, sumado al tiempo anterior corresponde a SIETE (07) AÑOS, OCHO (08) MESES Y VEINTICINCO (25) DIAS de cumplimiento de pena efectivo. Faltandole por cumplir SIETE (07) AÑOS, TRES (03) MESES, CINCO (05) DIAS.
Cumplira la pena principal el dia 03-12-2010. Cumplio Una Cuarta 1/4 Parte de la pena ei dia 03-09-99 para el Beneficio de Destacamento de Trabajo. Cumpiio Una Tercera 1/3 Parte de la pena et dia 03-12-00 para el Beneficio de Regimen Abierto. Cumplira las Dos Terceras 2/3 Partes de la pena el dia 03-12-05 para el Beneficio de Libertad Condicional. Cumplira las Tres Cuartas Partes 3/4 partes de la pena el dia 03-03-07 para el Beneficio de Confinamiento. Y cumplira la Sujecion a la Vigilancia de la Autoridad por Una Cuarta 1/4 Parte del Tiempo de la condena hasta que esta termine que seria el dia 03-09-2.013
Registrese la Decision en el Libro respectivo y remitase Copia Certificada a la Direccion del Centro de Tratamiento Comunitario "Inspector Rafael Ochoa Castro", a la Fiscalia 27° del Ministerio Piiblico, al Director de Prisiones, Ministerio de Interior y Justicia y al Presidente del Consejo Nacional Electoral. Se ordena el traslado del penado a este tribunal para el dia 21-08-03 y librese Boleta de Notificacion al abogado defensor.-
LA JUEZ CUARTO DE EJECUCION,

DRA. MAURELYS VILCHEZ

EL SECRETARIO,

ABOG. RUBEN MARQUEZ