REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO CUARTO DE EJECUCION CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO

Maracaibo 15 de Agosto de 2103
193' y 144'
Decision N° 261-03
CAUSA N° 776-99

Firme como quedo el fallo dictado por el suprimido Juzgado Superior Segundo en to Penal del la Circunscripcion Judicial del Estado Zulia de fecha 17-06-98, mediante el cual condeno al penado LUIS ERNESTO HERNANDEZ TOVILA, indocumentado, a cumplir la pena de SIETE (07) AÑOS y SEIS (06) MESES DE PRESIDIO, mas las accesorias de Ley; por la comision del delito de VIOL ACION, previsto y sancionado, en el articulo 375, ordinal 4° del CodigoPenal. en consecuencia tenemos que:

Consta actas, inserta al folio 161, de la presence causa, decision ditada par el Juzgado Cuarto de Ejecucion del Circiuto Judicial Penal del E.stado Zulia de fecha 12-03-00, por medio de la cual le fue realizado el Computo Legal, obsevandose que el penado LUIS ERNESTO HERNANDEZ TOVILA, cumplio la Pena Principal el dia 05-06-00 y la Sujecion a la Vigilancia de la Autoridad, el dia 20-07-02, en consecuencia es procedente y ajustado a derecho DECRETAR: 1) la LIBERTAD PLENA, al penado LUIS ERNERSTO HERNANDEZ TOVILA, ampliamente identificado en actas; 2) EXTINGUIDA LA PENA, de conformidad con lo establecido en el articulo 105 del Codigo Penal y 3) el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, de conformidad con lo establecido en el articulo 318, ordinal 3° Codigo Organico Procesal Penal y ASI SE DECIDE.
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Cuarto de Ejecucion del Circuito Judicial Penal del. Estado Zulia Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autondad de la Ley, DECLARA LIBERTAD PLENA POR PENA CUMPLIDA y cumplimiento de la SUJEC ION A LA VIGILANCIA DE LA AUTORIDAD; EXTINCION DE LA PENA, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 105 del Codigo Penal, vigente y en consecuencia SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de confonnidad con lo previsto en el ordinal 3' del articulo 318 del Codigo Organico Procesal Penal, en la causa que se le seguia al penado LUIS ERNESTO HERNANDEZ TOVILA.
Registese la presente decision en el libro respectivo. Librese Boletaa de Citacion al penado en rmmmibn a fin de que comparezca por ante este a darse por notificado el dia lunes 25-08-03 a las 09:00 de la mañana. Oficiese al Director de la division de Prisiones del Ministerio del Interior y Justicia, al presidente del Consejo nacional Electoral y a la ciudadana Fiscal 27 del Ministerio Publico, asimismo se ordena la remision de la causa al Archivo Judicial una vez esten notificadas las partes.-
LA JUEZ SUPLENTE,

DRA. MAURELYS VILCHEZ


EL SECRETARIO,

ABOG. RUBEN MARQUEZ