REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO Zulia.
Conoce este Juzgado Superior Primero de la presente Inhibición proveniente del Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia planteada el día 21 de Julio de 2003, por el Dr. Edison Edgar Villalobos Acosta, en su condición de Juez Titular del Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el juicio de Cobro de Bolívares (Por Intimación) incoado por la ciudadana Yaneth Josefina Cárdenas Morillo contra el ciudadano José Morillo Pelvis y Otros.
En fecha 21 julo de 2003 mediante diligencia el Dr. Edinson Edgar Villalobos Acosta, expuso:
“…Tomando base en la doctrina jurisprudencial parcialmente trascrita, se evidencia que se configura en el caso facti-especie la situación tratada en la aludida sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, por lo cual resulta impretermitible para este Sentenciador inhibirse del conocimiento de la presente causa, con base en la causal 15° del Artículo 82 del Código de procedimiento Civil, por haberse adelantado opinión sobre lo principal del pleito, por cuanto fue este mismo Tribunal Superior el que dictó sentencia objeto del Recurso de Casación. La presente inhibición obra en contra de la parte demandada".

Esta Superioridad observa que los hechos expuestos por el ciudadano Juez se encuentran previstos en la causal 15° del articulo 82 del Código de Procedimiento Civil, y estando hecha en forma legal dicha inhibición, el Tribunal considera conforme al articulo 88 ejusdem que la misma es procedente en Derecho. ASÍ SE DECIDE.

DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la inhibición planteada por el Dr. Edison Edgar Villalobos Acosta, en su condición de

Juez Titular del Juzgado Superior en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el juicio de Cobro de Bolívares (Por Intimación) incoado por la ciudadana Yaneth Josefina Cárdenas Morillo contra el ciudadano José Morillo Pelvis y Otros.
Publíquese. Regístrese. Déjese copia Certificada de la presente Resolución por Secretaria.
Dada, firmada y sellada en la sala del Despacho del Juzgado Superior Primero de en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en Maracaibo a los once (11) días de mes de Agosto de 2003. Año 193° de la Independencia y 144° de la Federación.

EL JUEZ TITULAR.

Dr. MANUEL GOVEA LEININGER.
LA SECRETARIA.

Abog. CAROLA VALERO MÁRQUEZ
En la misma fecha anterior, siendo las once (11:00) de la mañana
Se dictó y publicó el fallo que antecede. LA SECRETARIA.