Se traladó y constituyó, este Tribunal, siendo las diez y treinta minutos de la mañana, a objeto de darle cumplimiento a la Medida de EMBARGO EJECUTIVO, decretada por el JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, contra la Sociedad Mercantil PANADERIA, PASTELERIA Y CHARCUTERIA MAMA PAULA, representada por su Directora-Gerente ciudadana: MARIA YOLANDA BARRETRO DE FANIZZI, se traslado por solicitud e indicacón del Apoderado Judicial de la parte actora, Abog. en ejercicio: RODOLFO HAYDE, inscrito en el I.P.S.A., bajo el No. 30.883 en la dirección siguiente: Sector Cumbre de Maracaibo, avenida 93 con calle 62, especificamente en la Sociedad Mercantil antes señalada, se procedió a Notificar a la ciudadana: AYSAMI ZAID YOUSSEF, portadora de lá cédula de identidad No.E-82.203.086, en su carácter de arrendataria según consta en documento Autenticado por la Notaria Septima de Maracaibo, en fecha: 08-02-02, anotado bajo el No. 67, Tomo 12 de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaria.- Seguidamente el Tribunal procedió a nombrar Perito Avaluador al ciudadano: RAFAEL ANDRADES RODRIGUEZ, portador de la cédula de identidad No. V-5.073.208 y se nombró de igual forma DEPOSITARIO JUDICIAL, a la Sociedad Mercantil DEPOSITARIA JUDICIAL SUR DEL LAGO C.A., representada por el ciduadano: IGOR DELGADO HUERTA, portador de la cédula de identidad No.V-5.170.472, ambos aceptaron su cargo y fueron juramentados en el presente acto.- Seguidamente el Tribunal deja constancia que hizo acto de presencia la ciudadana: MARIA YOLANDA BARRETO DE FANIZZI, en su carácter de Directora-Gerente de la Sociedad Mercantil Panaderia, Paslería y Charcuteria MAMA PAULA, asistida en este acto por la abogada en ejercicio: ZAIDA PADRON VIDAL, inscrita en el I.P.S.A., bajo el No. 21.491, donde en su exposición ofreció en pago por vía de transacción a la parte demandante ciudadano: JACOBO OCHOA FUENMAYOR, a objeto de dar por terminado el presente juicio.- Estando presente la parte demandante antes mencionada y con el carácter de auto, aceptó el pago ofrecido y ambas partes solicitaron al Tribunal de la Causa homologue el presente pago y le dé carácter de cosa Juzgada y archive el expediente y este Tribunal Ejecutor suspenda la Ejecución del presnete mandamiento para la cual fué comisionado.- Seguidamente este JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNCIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, vista la exposición que antecede suspende la Ejecución de la Medida, para la cual fué comisionada por el Tribunal de la causa.- Concluyó el acto siendo las doce y cincuenta minutos meridium, y se remitió el Despacho Comisiorio al Juzgado comitente, según oficio No. 365A-2003.-
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