Se traslado y constituyò este Tribunal, siendo las ocho y cuarenta minutos de la mañana, a objeto de llevar a efecto la Medida decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL No.1, sede en Cabimas, con motivo de Obligaciòn Alimentaria contra: JOSE LUIS CUENCA CUENCA, portador de la cèdula de identidad No.V-10.596.558, en la Empresa Craf, ubicada en la avenida Pricipal del sector Manzanillo, Mcpio San Francisco del Estado Zulia, se notifico al ciudadano: SANTOS ANDILA PAREJA, en su caràcter de GERENTE DE RECURSOS HUMANOS, este JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, APEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la Repùblica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara formalmente retener dichos conceptos descritos en acta, siendo las ocho y cincuenta y cinco minutos, concluyó el acto, se remitó la presente comisión al Juzgado de la Causa, según oficio No. 362-2003.-
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