REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA

JUZGADO DEL MUNICIPIO COLON Y FRANCISCO JAVIER PULGAR
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
EXP. N° 05-2.010
CAUSA: DESALOJO
DEMANDANTE: EMPRESA MERCANTIL INVERSORA MASCI MASCI C.A.
DEMANDADO: ENDER RAFAEL CAMACHO SOCORRO Y ORNELIA NUÑEZ.


Consta en autos que el ciudadano CARLOS ALFREDO URDANETA LOZANO, venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio, titular de la cédula de Identidad N° 7.783.740, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 42.772 domiciliado en jurisdicción en la población de Santa Barbara, Municipio Colón, Estado Zulia, actuando como Apoderado Judicial de la EMPRESA MERCANTIL INVERSORA MASCI MASCI,C.A, demanda por DESALOJO a los ciudadanos ENDER RAFAEL CAMACHO SOCORRO Y ORNELA NUÑEZ, venezolanos, mayores de edad, domiciliado en el Municipio Colón.-
Se le dio entrada a esta demanda ante este Juzgado, en fecha Once de Marzo del Dos Mil Cinco, ordenándose la citación de los demandados.-

Mediante diligencia suscrita por la parte demandante, abogado en ejercicio Carlos Alfredo Urdaneta, con el carácter acreditado en actas, en fecha 28 de Abril del 2005 desiste de la acción, por lo que solicita al Tribunal el desglose del Instrumento Poder inserto a los folios 3 y 4 y homologue el presente desistimiento, dándole el carácter de cosa juzgada y ordena el archivo del expediente.-

Ahora bien el Tribunal visto el anterior Desistimiento, acuerda devolver el Instrumento Poder inserto al folio 3 y 4 del expediente previa certificación del mismo, homologa el presente Desistimiento, le da carácter de cosa juzgada y ordena el archivo del expediente. ASI SE DECLARA.

Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO DEL MUNICIPIO COLON Y FRANCISCO JAVIER PULGAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:

a) Consumado el acto procesal del DESISTIMIENTO, suscrito por la parte actora, en el juicio que por DESALOJO seguido por LA EMPRESA INVERSORA MASCI MASCI C.A, contra los ciudadanos ENDER RAFAEL CAMACHO SOCORRO Y ORNELA NUÑEZ, identificados en la parte narrativa de este fallo, en consecuencia, suspende la medida decretada en la presente causa homologa el presente Desistimiento, dándole el carácter de cosa juzgada y archiva el presente expediente.
b) No hay condenatoria en costas por tratarse de un Desistimiento, de conformidad con lo establecido en el Artículo 277 del Código de Procedimiento Civil.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada por secretaria de conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, sellada y firmada en la sala del Despacho del Juzgado del Municipio Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Santa Bárbara de Zulia, a los Tres días del Mes de Mayo del Dos Mil Cinco AÑOS: l95° de la Independencia y 146° de la Federación.-
El Juez


Abg. José M. Colmenares G.

La Secretaria Interina,


Abog. Andrea L. Ortega B.

En la misma fecha, siendo las Nueve y quince minutos de la mañana, previo el anuncio de ley, dado a las puertas del despacho por el Alguacil del Tribunal se dictó y publicó la anterior sentencia. Quedando anotada bajo el N° 38
La Secretaria Interina,


Abog. Andrea L. Ortega B.